mediciones a cero
Las mediciones a cero en el contexto de la contratación pública se refieren a la situación en la que, tras la medición de las unidades de obra ejecutadas, se determina que no se ha realizado ninguna parte de la obra prevista para ese período. Esto puede tener implicaciones en la certificación y pago de las obras, así como en la revisión de los contratos.
La dirección de la obra es responsable de realizar mediciones mensuales de las unidades de obra ejecutadas, según lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas particulares. Esta práctica asegura que se lleva un control adecuado sobre el avance de la obra y se verifica contra lo planificado. El contratista tiene derecho a presenciar estas mediciones, lo que garantiza transparencia en el proceso.
En el caso de obras o partes de obra que quedarán ocultas, el contratista debe notificar con antelación a la dirección de la obra para que se realicen las mediciones necesarias. La falta de aviso por parte del contratista le obliga a aceptar las decisiones de la Administración sobre las mediciones, lo que podría incluir mediciones a cero si se determina que no se ha avanzado en la obra.
Las mediciones a cero pueden influir en la certificación y pago de las obras. Según la regulación, las variaciones en las unidades de obra ejecutadas deben ser incorporadas a las relaciones valoradas mensuales y recogidas en las certificaciones mensuales. Si las mediciones resultan en cero, esto podría indicar que no hay avances que certificar o pagar en ese período, afectando el flujo de pagos al contratista.
Además, las revisiones de contrato y los ajustes de precio se basan en el progreso de la obra y las mediciones realizadas. Una medición a cero podría implicar la necesidad de revisar los términos del contrato o ajustar los expedientes de gasto previstos para cubrir la obra.