¿Se puede obviar el precio como criterio de valoración en una licitación?
No, el precio no puede ser completamente obviado como criterio de valoración en una licitación.
En los procedimientos de contratación pública, el precio es un criterio fundamental y, en muchos casos, tiene un peso significativo en la valoración de las ofertas. Aunque es posible utilizar una pluralidad de criterios de adjudicación, el precio suele ser uno de los criterios objetivos evaluables mediante fórmulas. En procedimientos donde se utilizan criterios objetivos y subjetivos, los objetivos, como el precio, suelen tener un peso considerable, al menos la mitad de la valoración total.
En ciertos procedimientos simplificados, como los abiertos simplificados abreviados, solo pueden utilizarse criterios objetivos, lo que refuerza la importancia del precio en la evaluación de las ofertas. Incluso cuando se permite la inclusión de criterios subjetivos, estos no pueden superar el 45% de la ponderación total, lo que implica que el precio sigue siendo un factor determinante.
Por lo tanto, aunque se pueden considerar otros criterios además del precio, este último no puede ser completamente ignorado en la evaluación de las ofertas en una licitación pública.
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En un simplificado abreviado, ¿debe ser el precio un criterio de adjudicación mayoritario?
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si hay un solo licitador que ha ofertado un mejor precio se le da la totalidad de los puntos
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en un procedimiento abierto simplificado el criterio del precio puedes ser menos del 50%?
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límite criterio precio pluralidad de criterios
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¿Por qué no se pueden utilizar criterios subjetivos de adjudicación?
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En relación a los criterios de adjudicación ¿existe algún límite legal o recomendación para la ponderación de los criterios técnicos y/o juicios de valor respecto del precio?
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cual es la ponderación mínima para el criterio precio
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ADJUDICACION POR ITEMS
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¿Puedo poner que el 100% de criterios sea el precio ?
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LA OFERTA DE SERVICIO SE CONSIDERA JUICIO DE VALOR