¿En qué momento deben concurrir la capacidad, la solvencia y la ausencia de prohibiciones de contratar?
Deben concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato, conforme al artículo 140.4 de la LCSP.
Esto significa que el licitador debe reunir los requisitos al finalizar el plazo de presentación y mantenerlos durante la tramitación hasta que el contrato quede perfeccionado. No basta con cumplirlos cuando se le propone como adjudicatario.
1. ¿Cuándo se perfecciona el contrato?
Según el artículo 36 de la LCSP, los contratos celebrados por los poderes adjudicadores se perfeccionan, como regla general, con su formalización.
Existen excepciones. Los contratos basados en un acuerdo marco y los contratos específicos de un sistema dinámico de adquisición se perfeccionan con su adjudicación. Los contratos menores tienen su propio régimen y no están sujetos a la regla general de perfección mediante formalización.
Por tanto, en una licitación ordinaria, los requisitos deben mantenerse hasta la formalización, aunque la adjudicación se haya producido antes.
2. ¿Es lo mismo cumplir los requisitos que acreditarlos documentalmente?
No. Debe distinguirse entre tener los requisitos y aportar los documentos que los demuestran.
Con carácter general, la participación se acompaña de una declaración responsable o del Documento Europeo Único de Contratación —DEUC—, según corresponda. La documentación justificativa se exige posteriormente al licitador que haya presentado la mejor oferta, conforme al artículo 150.2, sin perjuicio de las especialidades de cada procedimiento.
Además, el órgano o la mesa de contratación pueden solicitar documentación antes, en los supuestos del artículo 140.3.
La acreditación posterior no desplaza la fecha en la que debían cumplirse los requisitos. Los documentos deben demostrar que estos ya concurrían al finalizar el plazo de presentación de ofertas.
3. ¿Puede subsanarse la falta de capacidad o solvencia después de presentar la oferta?
Como regla general, puede subsanarse una acreditación documental defectuosa, pero no adquirirse fuera de plazo un requisito que no se reunía cuando era exigible.
Por ejemplo, si una empresa ya había realizado los servicios necesarios para acreditar su experiencia antes del cierre de la licitación, un certificado emitido después puede servir para demostrar esa experiencia previa. En cambio, no puede utilizar servicios ejecutados posteriormente para completar la solvencia que le faltaba al finalizar el plazo.
La posibilidad de subsanación debe examinarse según el defecto concreto y las reglas del procedimiento.
4. ¿Deben mantenerse durante toda la ejecución?
El artículo 140.4 se refiere a la concurrencia de los requisitos hasta la perfección del contrato. No establece una obligación general de volver a acreditar durante toda la ejecución los mismos umbrales de solvencia utilizados para seleccionar al adjudicatario.
Durante la ejecución deben cumplirse las obligaciones legales y contractuales correspondientes, como mantener las habilitaciones necesarias y los medios comprometidos. Si sobreviene una circunstancia que afecta al contratista, sus consecuencias deben analizarse conforme a la regulación específica aplicable; no toda circunstancia sobrevenida produce automáticamente la resolución.
| Momento | Regla aplicable |
|---|---|
| Fecha final de presentación de ofertas | Deben concurrir la capacidad, la solvencia y la ausencia de prohibiciones |
| Tramitación hasta la perfección del contrato | Los requisitos deben subsistir |
| Aportación posterior de documentos | Debe acreditar el cumplimiento en la fecha exigible |
| Ejecución del contrato | Se aplican las obligaciones y consecuencias específicas de la LCSP y de los pliegos |
-
¿Cuándo puede subsanarse la falta de inscripción o acreditación del administrador en el ROLECE?
-
¿Si ya se ha formalizado el contrato y renuncia el contratista, se puede adjudicar de nuevo al siguiente licitador?
-
subsanaciòn de documentación acreditativa de criterio objetivo
-
¿Cómo se exige la solvencia económica en el procedimiento abierto simplificado?
-
Cómo se calcula la solvencia económica en un expediente de adquisición de suministros para dos anualidades, tipo abierto. Pongamos que el valor estimado anual es 150.000 euros
-
los licitadores deben firmar los daci
-
Hay un contrato que incluye la disposicón adicional 48 de la ley de contratos del Sector público, quiero presentarme. Cómo demuestro que cumplo los criterios que se especifican?
-
¿Qué significa exigir una solvencia técnica del 70 % de la anualidad media del contrato?
-
Plazo para presentar la documentación tras ser adjudicatario
-
¿qué requisitos debo cumplir para poder presentarme a una licitación?