Saltar al contenido principal
Gobierto Contratación

Te contamos cómo Gobierto puede ayudarte

Recibe información en tu correo-e sobre Gobierto.

Populate Tools S.L. usará tu contacto y consulta para responder a lo que solicitas. La newsletter es opcional y requiere una elección separada. Más información: política de privacidad.

Haz preguntas sobre tus dudas de contratación pública y te damos una respuesta personalizada a partir de nuestra base de conocimiento

Hemos estrenado Gobierto Asistente: Comienza a utilizarlo para tener un histórico de tus preguntas, continuar conversaciones, recibir sugerencias de preguntas... y muy pronto, preguntar al Asistente por cualquier tema de Gobierto.

Necesidad de cumplir lo dispuesto en la Disposición adicional centésima trigésima sexta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

Esta pregunta está pendiente de revisión por un humano

La da-centesima trigésima sexta de la Ley 6/2018, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, no se encuentra dentro del contexto proporcionado, por lo que no puedo ofrecer detalles específicos sobre su cumplimiento. Sin embargo, puedo ofrecer información general sobre las disposiciones de la Ley de Contratos del Sector Público.

En el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público, es importante destacar que las medidas incluidas en esta norma no deben suponer un incremento de dotaciones, retribuciones, ni otros gastos de personal, salvo ciertas excepciones específicas. Esto asegura que la aplicación de la ley no genere un aumento en los gastos del sector público.

Además, el Ministro de Hacienda y Función Pública tiene la autorización para desarrollar normas que faciliten el uso de medios electrónicos en los procedimientos de contratación pública. Esto incluye la definición de especificaciones técnicas para las comunicaciones de datos y la promoción de la emisión de facturas electrónicas, especialmente para empresas con cifras de negocio inferiores a ciertos umbrales.

Por otro lado, cualquier cifra que se modifique por la Comisión Europea sustituirá a las que figuran en el texto de la Ley de Contratos del Sector Público, y el Ministerio de Hacienda y Función Pública debe asegurar su adecuada publicidad.

Finalmente, el Gobierno tiene la facultad de dictar disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público, garantizando así su correcta implementación y adaptación a las necesidades del sector público.

Ayúdanos a mejorar ¿Qué tal la respuesta?