plazo minimo informe viabilidad oferta anormal
El plazo mínimo para presentar el informe de viabilidad de una oferta considerada anormalmente baja no está explícitamente definido en la Ley de Contratos del Sector Público. Sin embargo, se establece que el órgano de contratación debe otorgar un plazo razonable al licitador para que justifique la viabilidad de su oferta.
Cuando una oferta es identificada como potencialmente anormal o baja temeraria, el procedimiento establecido en la Ley de Contratos del Sector Público requiere que el órgano de contratación solicite al licitador una justificación detallada de su oferta. Este requerimiento busca asegurar que el licitador pueda explicar cómo es posible cumplir con el contrato propuesto manteniendo la calidad y cumpliendo con las obligaciones legales, a pesar del bajo nivel de precios o costes propuestos.
El concepto de “plazo razonable” es flexible y debe ser determinado por el órgano de contratación en función de la complejidad de la justificación requerida. Este plazo tiene como objetivo permitir al licitador preparar una respuesta adecuada que demuestre la viabilidad de su oferta sin comprometer la calidad del servicio, obra o suministro propuesto.
Una vez recibida la justificación del licitador, el órgano de contratación, con el apoyo de asesoramiento técnico, evaluará la información proporcionada. Si la justificación no es satisfactoria, la oferta puede ser excluida del procedimiento de licitación. En cambio, si se considera adecuada, la oferta puede continuar en el proceso de adjudicación.
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¿cuánto puede tardar la justificación de una bajada de precio temeraria?
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qué plazo se da a un licitador que presenta oferta anormalmente baja?
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Plazo para justificar oferta anormalmente baja
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qué plazo se entiende suficiente para la justificación de una oferta anormalmente baja?