Pliego de Prescripciones Técnicas en los contratos de obras, quien lo elabora y qué contiene
El Pliego de Prescripciones Técnicas en los contratos de obras es elaborado por el órgano de contratación y contiene las características técnicas necesarias para la ejecución del contrato, incluyendo detalles sobre materiales, seguridad, medición y valoración de las obras.
El órgano de contratación es el responsable de elaborar el Pliego de Prescripciones Técnicas en los contratos de obras. Este documento debe ser aprobado antes de la autorización del gasto o la licitación del contrato. Su contenido define las calidades, condiciones sociales y ambientales de la prestación, y solo puede ser modificado posteriormente por errores materiales, de hecho o aritméticos.
El pliego debe incluir las características técnicas que deben reunir los bienes o prestaciones del contrato. En el caso de contratos de obras, esto implica consignar las características de los materiales a emplear, especificando su procedencia si es relevante, y los ensayos necesarios para comprobar que cumplen con las condiciones requeridas. Además, se deben detallar las normas para la elaboración de las distintas unidades de obra, las instalaciones necesarias, y las medidas de seguridad y salud a adoptar durante la ejecución del contrato.
También se deben especificar las formas de medición y valoración de las distintas unidades de obra, las normas y pruebas previstas para la recepción, y las formas de abono de las partidas alzadas. Es importante que el pliego no contenga declaraciones o cláusulas que deban figurar en el pliego de cláusulas administrativas particulares.