calidad-precio
La relación calidad-precio en la contratación pública se evalúa mediante una pluralidad de criterios que incluyen aspectos económicos y cualitativos, buscando la mejor ejecución del contrato en términos de eficacia, innovación y sostenibilidad.
La adjudicación de contratos en el sector público se basa en encontrar la mejor relación calidad-precio, lo que implica una evaluación detallada tanto de factores económicos como cualitativos. Esto significa que no solo se considera el precio o coste de los servicios, suministros u obras, sino también una serie de características que pueden incluir la calidad, la innovación, el impacto medioambiental y social, y la eficiencia energética, entre otros. La ley establece que estos criterios deben estar vinculados al objeto del contrato y ser objetivos, garantizando la igualdad y la transparencia en el proceso de adjudicación.
Los criterios cualitativos pueden abarcar desde la calidad técnica y estética de los bienes o servicios, hasta aspectos como la accesibilidad, la sostenibilidad medioambiental, la integración social y la igualdad de género. También se valoran la organización, cualificación y experiencia del personal que ejecutará el contrato, así como el servicio posventa y las condiciones de entrega.
La aplicación de múltiples criterios de adjudicación es obligatoria en ciertos tipos de contratos, especialmente aquellos que involucran tecnología avanzada, son complejos en su ejecución, tienen un impacto significativo en el medio ambiente, o cuando la definición de la prestación puede ser mejorada por soluciones técnicas innovadoras.
La ley también promueve la innovación en la contratación pública, asegurando que la estructura de las asociaciones y el valor estimado de los contratos reflejen adecuadamente el grado de innovación de las soluciones propuestas, sin ser desproporcionados respecto a la inversión necesaria para su desarrollo.
En términos de ahorro y eficiencia, estudios recientes han mostrado que el ahorro general en los procesos de contratación ronda el 18%, aunque este porcentaje puede variar dependiendo del tipo de administración y el procedimiento de contratación utilizado. La especificidad de los contratos, el tipo de procedimiento, y el número de ofertas recibidas son algunos de los factores que pueden influir en el ahorro conseguido.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 145
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 176
- Blog de Gobierto - Criterios objetivos de valoración: entender bien para medir mejor. Conversación con Alberto Robles
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 182
- Blog de Gobierto - borrador conclusiones de ahorro