contrato de servicios SARA
Un contrato de servicios SARA es aquel contrato del sector público que, debido a su cuantía y objeto, está sujeto a las exigencias del derecho europeo para garantizar transparencia, publicidad y plazos adecuados en la contratación pública. A partir del 1 de enero de 2024, un contrato de servicios se considera SARA si su valor estimado es igual o superior a 221.000 euros, o 143.000 euros si es para la Administración General del Estado.
Los contratos SARA deben cumplir con ciertos requisitos fundamentales impuestos por el derecho comunitario. Estos requisitos están diseñados para asegurar procesos competitivos, abiertos y objetivos, garantizando igualdad de oportunidades para todos los operadores económicos dentro del mercado único europeo.
Entre las principales características de los contratos SARA se encuentran la necesidad de una publicidad adecuada, lo que implica su difusión en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) para que todas las empresas puedan acceder a la información en igualdad de condiciones. Además, deben garantizar la igualdad de acceso y trato para los operadores económicos, así como plazos adecuados para la presentación de ofertas.
Los contratos SARA también cuentan con una protección especial en materia de contratación, permitiendo la interposición de un recurso especial de naturaleza administrativa en determinados casos. Este recurso es alternativo al recurso contencioso-administrativo.
Tipo de Contrato | Umbral SARA (a partir de 2024) |
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Servicios y suministros | 221.000 € |
Administración General del Estado | 143.000 € |