subrogación de trabajadores
La subrogación de trabajadores en el contexto de la contratación pública en España implica la obligación del adjudicatario de asumir como empleador las relaciones laborales existentes, bajo ciertas condiciones establecidas por normas legales, convenios colectivos o acuerdos de negociación colectiva. Esta subrogación debe contemplarse en los pliegos de contratación, incluyendo información detallada sobre las condiciones laborales de los trabajadores afectados.
Cuando una norma, convenio colectivo o acuerdo de negociación colectiva lo requiere, el adjudicatario de un contrato público debe subrogarse en las relaciones laborales preexistentes. Esto significa que el nuevo contratista asume las obligaciones laborales del anterior empleador hacia los trabajadores involucrados en la prestación del servicio o actividad objeto del contrato. Esta subrogación se aplica tanto a los trabajadores de empresas como a los socios trabajadores de cooperativas y personal de Centros Especiales de Empleo.
Para garantizar una transición transparente y justa, los pliegos de contratación deben incluir información detallada sobre las condiciones de trabajo de los empleados a subrogar. Esta información, proporcionada por el anterior contratista, incluye datos como el convenio colectivo aplicable, categoría, tipo de contrato, jornada, antigüedad, vencimiento del contrato y salario bruto anual, entre otros. La administración pública tiene la responsabilidad de comunicar esta información al nuevo empresario.
En caso de que los costes laborales resulten ser superiores a los anticipados basados en la información proporcionada, el nuevo contratista tiene derecho a reclamar al anterior contratista. Además, el contratista es responsable de cubrir los salarios impagados y las cotizaciones a la Seguridad Social de los trabajadores subrogados, incluso si el contrato se resuelve y los trabajadores son subrogados por otro contratista.
La ley contempla penalidades para los contratistas que incumplan con sus obligaciones de subrogación, asegurando así la protección de los derechos laborales en el marco de la contratación pública.
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