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expediente de resolucion de contrato.acta de comprobacion de las obras realmente ejecutadas. firmada por el contratista con reserva expresa

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En un expediente de resolución de contrato, el acta de comprobación de las obras realmente ejecutadas debe ser firmada por el contratista, incluso si este expresa reservas.

Cuando se procede a la resolución de un contrato de obras, es necesario realizar una comprobación y medición de las obras ejecutadas. Esta comprobación se documenta en un acta que debe ser firmada por el contratista. Si el contratista tiene reservas sobre el contenido del acta, puede expresarlas de manera explícita al firmar.

El proceso de resolución del contrato implica determinar los saldos a favor o en contra del contratista, basándose en la medición de las obras realizadas conforme al proyecto original. La firma del acta por parte del contratista, aunque sea con reservas, es un paso esencial para formalizar este proceso.

En caso de que el contratista no esté de acuerdo con la valoración realizada, tiene el derecho de impugnarla ante el órgano de contratación. Este órgano deberá resolver la impugnación en un plazo determinado, asegurando que se respeten los derechos del contratista.

Concepto Detalle
Firma del acta Obligatoria, con posibilidad de reservas
Resolución del contrato Comprobación y medición de obras
Derechos del contratista Impugnar valoración ante el órgano de contratación
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