se produce una reduccion en los plazos de tramitacion en un contarto emnor si es URGENTE?
Sí, se produce una reducción en los plazos de tramitación en un contrato menor si es declarado de tramitación urgente.
En el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público de España, los contratos menores no se mencionan específicamente en relación con la tramitación urgente. Sin embargo, la tramitación urgente afecta a los expedientes de contratación en general, incluidos potencialmente los contratos menores, siempre que se justifique adecuadamente la urgencia por razones de interés público o necesidades inaplazables. Cuando un expediente de contratación es declarado de tramitación urgente, se aplican ciertas especialidades que agilizan su tramitación.
La declaración de urgencia debe estar debidamente motivada por el órgano de contratación, y esta urgencia permite reducir a la mitad los plazos establecidos para la licitación, adjudicación y formalización del contrato, con algunas excepciones específicas. Por ejemplo, ciertos plazos en procedimientos abiertos, restringidos, de diálogo competitivo, y de asociación para la innovación no son susceptibles de reducción.
Aunque los contratos menores tienen un régimen específico y simplificado en comparación con otros tipos de contratos, la lógica de la tramitación urgente sugiere que cualquier procedimiento de contratación, incluidos los contratos menores, podría verse afectado por la reducción de plazos si se declara la urgencia, siempre respetando el principio de igualdad, transparencia y competencia.
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¿A qué contratos aplica el artículo 119 del RDL 3/2020?
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procedimiento urgente
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existen contartso menores urgentes?
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¿la tramitación de urgencia del procedimiento está debidamente fundamentada cuando estamos ante una necesidad "inaplazable".? señala alguna resolución que lo explique
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tramitacion urgente