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subsanaciòn de documentación acreditativa de criterio objetivo

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La subsanación de documentación acreditativa de criterios objetivos en la contratación pública es posible siempre que se realice dentro de los plazos y condiciones establecidos por el órgano de contratación.

En los procedimientos de contratación pública, los licitadores deben presentar documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Esta documentación debe ser presentada junto con la oferta y puede ser objeto de subsanación si presenta errores o deficiencias.

El órgano de contratación tiene la facultad de solicitar a los licitadores que subsanen la documentación presentada si considera que existen dudas razonables sobre su vigencia o fiabilidad. Esta solicitud debe realizarse antes de la adjudicación del contrato y dentro de los plazos establecidos para el procedimiento.

En caso de que un licitador no pueda presentar las referencias solicitadas por una razón válida, se le puede permitir acreditar su solvencia mediante otros documentos que el órgano de contratación considere apropiados. Esto permite cierta flexibilidad en la acreditación de la solvencia, siempre que se justifique adecuadamente.

La subsanación no debe alterar la igualdad de trato entre los licitadores, y debe garantizarse que todos los candidatos tengan las mismas oportunidades de corregir cualquier deficiencia en su documentación.

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