Certificaciones de obras
Las certificaciones de obras son documentos expedidos por el director de la obra, basados en una relación valorada, que deben emitirse en un plazo máximo de diez días tras el período correspondiente. Estas certificaciones son esenciales para el seguimiento y verificación del cumplimiento del contrato de obra.
Las certificaciones de obra son emitidas por el director de la obra y se basan en una relación valorada de los trabajos realizados. Este proceso debe completarse en un plazo máximo de diez días después del período al que corresponda la certificación. Estas certificaciones son fundamentales para asegurar que los trabajos se están llevando a cabo conforme a lo estipulado en el contrato.
Al finalizar las obras, se levanta un acta de comprobación por parte de la Administración concedente para verificar el cumplimiento del contrato. Este acta debe incluir un documento de valoración de la obra ejecutada y, si corresponde, una declaración sobre el cumplimiento de las condiciones de impacto ambiental. En casos donde la obra es financiada parcialmente por la Administración, la certificación final de la obra debe acompañar al documento de valoración y al acta de comprobación.
La aprobación del acta de comprobación por el órgano de la Administración implica la autorización para la apertura de las obras al uso público. Desde este momento, comienza el plazo de garantía de la obra, especialmente si ha sido ejecutada por terceros distintos del concesionario.
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¿en qué casos es necesario que haya una certificación de obra?
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CERTIFICACIÓN DE OBRA EN CONTRATACIÓN PÚBLICA
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¿quien firma la certificacion de obra?
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en qué casos es necesario que exista una certificación de obra?
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¿Dónde se recoge el informe de comprobación del cumplimiento de las condiciones pactadas?