Haz preguntas sobre tus dudas de contratación pública y te damos una respuesta personalizada a partir de nuestra base de conocimiento

Haz tu pregunta
Hemos estrenado Gobierto Asistente: Comienza a utilizarlo para tener un histórico de tus preguntas, continuar conversaciones, recibir sugerencias de preguntas... y muy pronto, preguntar al Asistente por cualquier tema de Gobierto.

¿se puede elegir el porcentaje a incautar de la garantía a modo de penalidad por un incumplimiento?

Esta pregunta está pendiente de revisión por un humano

No, no se puede elegir el porcentaje a incautar de la garantía a modo de penalidad por un incumplimiento. Los porcentajes y condiciones para la incautación de la garantía están predefinidos en la normativa de contratación pública.

En el caso de contratos de servicios que consisten en la elaboración de un proyecto de obra, si el contratista no corrige las deficiencias en el plazo otorgado, la Administración puede optar por la resolución del contrato, lo que conlleva la incautación de la garantía y una indemnización del 25% del precio del contrato. Si se concede un nuevo plazo y persiste el incumplimiento, se procede a la resolución del contrato con una indemnización igual al precio pactado y pérdida de la garantía.

Para los contratos en general, si se hacen efectivas penalidades o indemnizaciones sobre la garantía definitiva, el contratista debe reponerla o ampliarla en el plazo de quince días, de lo contrario, incurre en causa de resolución del contrato.

En el caso de concesiones, las penalidades económicas se establecen en los pliegos de forma proporcional al tipo de incumplimiento y a la importancia económica de la explotación, con límites máximos del 10% del presupuesto total de la obra durante su fase de construcción, o del 20% de los ingresos anuales durante la fase de explotación.

Situación Penalidad
Incumplimiento en proyecto de obra (sin corrección en plazo inicial) 25% del precio del contrato
Incumplimiento en proyecto de obra (sin corrección tras nuevo plazo) Precio pactado del contrato
Concesiones (fase de construcción) Máximo 10% del presupuesto total
Concesiones (fase de explotación) Máximo 20% de los ingresos anuales
Ayúdanos a mejorar ¿Qué tal la respuesta?