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La certificación final y liquidación.

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La certificación final y liquidación de un contrato de obras implica la verificación del cumplimiento del contrato, la valoración de la obra ejecutada y la posible corrección de desajustes económicos.

Al finalizar las obras, la Administración concedente debe levantar un acta de comprobación para asegurar que el concesionario ha cumplido correctamente con el contrato. Este proceso incluye la elaboración de un documento de valoración de la obra pública ejecutada y, si es necesario, una declaración sobre el cumplimiento de las condiciones de impacto ambiental. Este documento es expedido por el órgano de contratación y debe reflejar la inversión realizada.

En casos donde la obra ha sido financiada parcialmente por la Administración mediante abonos parciales al concesionario, la certificación final de la obra debe acompañar al documento de valoración y al acta de comprobación. La aprobación de esta acta por parte del órgano de la Administración lleva implícita la autorización para la apertura de la obra al uso público y marca el inicio del plazo de garantía de la obra.

El importe de las revisiones necesarias se efectúa de oficio mediante abonos o descuentos en las certificaciones o pagos parciales. Si existen desajustes respecto al expediente de gasto aprobado, estos pueden corregirse en la certificación final o en la liquidación del contrato, permitiendo ajustar diferencias temporales en la aprobación de los índices de precios aplicables al contrato.

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