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desde que año es obligatorio publicar la adjudicacion de contratos

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La obligación de publicar la adjudicación de contratos en el perfil de contratante del órgano de contratación, así como en el Diario Oficial de la Unión Europea para contratos sujetos a regulación armonizada, está establecida en la Ley de Contratos del Sector Público. Esta ley entró en vigor el 9 de marzo de 2018.

La publicación de la formalización de los contratos debe realizarse en un plazo no superior a quince días tras el perfeccionamiento del contrato. En el caso de contratos sujetos a regulación armonizada, además de publicarse en el perfil de contratante, también debe hacerse en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Para los contratos celebrados por la Administración General del Estado o entidades vinculadas que tengan la naturaleza de Administraciones Públicas, el anuncio de formalización también debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado en el mismo plazo.

La normativa establece que los anuncios de formalización no se publicarán en los lugares indicados antes de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, en caso de que deban ser publicados en dicho diario. Sin embargo, podrán publicarse si no se ha recibido notificación de su publicación a las 48 horas de la confirmación de la recepción del anuncio enviado.

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