juicios de valor en la contratación pública
Los juicios de valor en la contratación pública son evaluaciones subjetivas que se realizan durante el proceso de adjudicación de contratos, especialmente en procedimientos abiertos o restringidos, para valorar aspectos cualitativos de las ofertas presentadas.
En la contratación pública, los juicios de valor son esenciales para evaluar criterios que no pueden ser cuantificados de manera objetiva, como la calidad técnica, la innovación o las características estéticas de una oferta. Estos juicios permiten a los órganos de contratación seleccionar la oferta que mejor se adapta a las necesidades del contrato, más allá del precio.
El uso de juicios de valor debe estar claramente definido en los pliegos de condiciones del contrato, especificando los criterios de adjudicación y el peso que cada uno tendrá en la evaluación final. Esto asegura la transparencia y la igualdad de trato entre los licitadores, evitando arbitrariedades y garantizando que las decisiones se basen en criterios previamente establecidos.
Para minimizar la subjetividad y asegurar la imparcialidad, los juicios de valor deben ser realizados por un comité de expertos o técnicos cualificados en la materia objeto del contrato. Este comité debe justificar sus decisiones de manera detallada, documentando el proceso de evaluación para que pueda ser revisado en caso de impugnaciones.
- Referencias:
- Blog de Gobierto - Irregularidades en contratación pública ¿Cuáles son, dónde y cómo denunciarlas?
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 322
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 28
- Blog de Gobierto - La conflictividad en la contratación pública. Conversación con Esteban Umérez