¿se puede prorrogar un contrato menor?
No, no se puede prorrogar un contrato menor.
Los contratos menores están definidos como aquellos que tienen un valor estimado inferior a ciertos umbrales económicos y están sujetos a un conjunto de normas específicas que regulan su tramitación y duración. Estos contratos se caracterizan por su agilidad en la gestión y por ser una excepción al procedimiento general de contratación, lo que permite su adjudicación directa.
Una de las características principales de los contratos menores es su duración limitada. La Ley de Contratos del Sector Público establece que los contratos menores no pueden tener una duración superior a un año y no son susceptibles de prórroga. Esto significa que una vez finalizado el plazo de un año, no se permite extender la duración del contrato bajo la misma adjudicación.
La limitación en la duración y la prohibición de prórroga de los contratos menores se establece para evitar el uso indebido de esta figura contractual y para promover los principios de transparencia, igualdad y libre concurrencia en la contratación pública.
Referencias [Blog de Gobierto - Contratos menores; https://www.gobierto.es/blog/contrato-menor] [Blog de Gobierto - El contrato menor en la contratación pública: conversación con Beatriz Vazquez; https://www.gobierto.es/blog/el-contrato-menor-en-la-contratacion-publica-conversacion-con-beatriz-vazquez]