cambio en garantía de un suministro
Un cambio en la garantía de un contrato de suministro puede implicar varios aspectos, como la reposición de la garantía definitiva, el reajuste de la misma debido a modificaciones en el contrato, o la devolución de la garantía tras el cumplimiento del contrato y el vencimiento del plazo de garantía.
En caso de que se hagan efectivas penalidades o indemnizaciones sobre la garantía definitiva, el contratista debe reponer o ampliar la garantía en la cuantía correspondiente dentro de un plazo de quince días. Si no lo hace, se incurre en causa de resolución del contrato.
Cuando el contrato sufre modificaciones que alteran su precio, la garantía debe reajustarse para mantener la proporción adecuada con el nuevo precio. Este reajuste debe realizarse en un plazo de quince días desde la notificación de la modificación al contratista.
La garantía no se devolverá o cancelará hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el contrato y haya vencido el plazo de garantía. Si no se presentan responsabilidades, la devolución debe notificarse en un plazo de dos meses desde el fin del plazo de garantía. Si la devolución se retrasa por causas imputables a la Administración, esta deberá abonar al contratista el interés legal del dinero correspondiente.
En contratos de suministro de fabricación donde la Administración aporta materiales, estos se consideran bajo la custodia del adjudicatario, quien debe prestar garantías especiales. La responsabilidad del adjudicatario sobre estos materiales se extingue al recibir de conformidad los bienes objeto del suministro.
Concepto | Plazo |
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Reposición/ampliación de garantía por penalidades | 15 días |
Reajuste de garantía por modificación de contrato | 15 días |
Notificación de devolución de garantía | 2 meses |
- Referencias:
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¿Qué pasa si no constituyo la garantía en plazo?
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si se prorroga un contrato de servicios, la garantía también debe ampliarse?
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en caso de prórroga de un contrato se debe ampliar la garantía?
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en el plazo de ejecución se tiene que tener en cuenta el plazo de la garantía
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¿qué pasa si no constituyo la garantía definitiva en plazo?