fiscalización limitada previa certificación contrato menor obras
La fiscalización limitada previa de un contrato menor de obras implica la revisión y verificación de ciertos requisitos y documentos antes de la aprobación del gasto y la adjudicación del contrato.
En primer lugar, se debe emitir un informe del órgano de contratación justificando la necesidad del contrato y asegurando que no se está alterando su objeto para evitar la aplicación de umbrales superiores. Este informe es esencial para garantizar la transparencia y la correcta utilización de los recursos públicos.
Además, es necesario aprobar el gasto y adjuntar la factura correspondiente, la cual debe cumplir con los requisitos establecidos por las normas de desarrollo de la Ley de Contratos del Sector Público. En el caso específico de los contratos menores de obras, también se debe incluir el presupuesto de las obras.
Si las obras afectan a la estabilidad, seguridad o estanqueidad, se requiere un informe de las oficinas o unidades de supervisión correspondientes. Este informe es crucial para asegurar que las obras cumplen con todas las normativas técnicas y legales aplicables.
Finalmente, los contratos menores deben ser publicados de acuerdo con las disposiciones establecidas para garantizar la transparencia y el acceso a la información por parte de los ciudadanos.
Concepto | Requisito |
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Informe del órgano de contratación | Justificación de la necesidad del contrato y no alteración del objeto |
Aprobación del gasto | Incorporación de la factura correspondiente |
Presupuesto de las obras | Inclusión obligatoria |
Informe de supervisión (si aplica) | Requerido para obras que afecten estabilidad, seguridad o estanqueidad |
Publicación | Según disposiciones establecidas |
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