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En la Ley de Contratos del Sector Público de España, no existen artículos que presenten contradicciones directas sobre los precios, sino que se establecen distintas disposiciones que regulan aspectos específicos de la formación, revisión y ajuste de precios en los contratos del sector público, adaptándose a diversas circunstancias y tipos de contrato.

Los contratos del sector público deben tener un precio cierto, incluyendo el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) como partida independiente. Este precio se abona al contratista en función de la prestación realmente ejecutada y de acuerdo con lo pactado. Se permite la revisión de precios bajo condiciones específicas, como ajustes por variaciones económicas de costes durante la ejecución del contrato, pero con restricciones claras en cuanto a la periodicidad y la predeterminación de dichas revisiones.

La ley permite, en ciertos casos, la inclusión de cláusulas de variación de precios en función del cumplimiento o incumplimiento de determinados objetivos, como plazos o rendimiento. Además, se contempla la posibilidad de establecer precios provisionales en contratos de especial complejidad o cuando se requiera el uso de técnicas nuevas, con un procedimiento detallado para determinar el precio definitivo basado en los costes reales y el beneficio acordado.

La revisión de precios está sujeta a condiciones específicas, permitiéndose solo en determinados tipos de contratos y bajo circunstancias que justifiquen dicha revisión, como en contratos de obra, suministros de fabricación de armamento y equipamiento de las Administraciones Públicas, suministro de energía, y otros contratos con un período de recuperación de inversión igual o superior a cinco años. La ley establece fórmulas para la revisión de precios, las cuales deben ser predeterminadas y aplicables de manera invariable durante la vigencia del contrato.

En resumen, aunque la ley contempla distintas disposiciones sobre la formación y ajuste de precios, estas no son contradictorias, sino que se complementan para cubrir un amplio espectro de situaciones en la contratación pública, asegurando la transparencia, la equidad y la adaptabilidad a las necesidades específicas de cada contrato.

Referencias - Ley de Contratos del Sector Público; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/102 - Ley de Contratos del Sector Público; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/103 - Ley de Contratos del Sector Público; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/105 - Ley de Contratos del Sector Público; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/104 - Ley de Contratos del Sector Público; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/302

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