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Resolución
0804/2025
La Federación Empresarial de Asistencia a la Dependencia (FED) interpone recurso contra los pliegos del procedimiento de contratación del "Servicio para atención telefónica a víctimas de accidentes de tráfico". Alegan errores en la determinación del CPV y en el convenio colectivo utilizado para el cálculo del precio. El órgano de contratación defiende la corrección del CPV y argumenta que el convenio colectivo utilizado no es vinculante. Se concede la medida cautelar de suspensión del procedimiento, sin afectar a la presentación de ofertas.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 45 de la LCSP
- Artículo 50. 1 b) LCSP
- Artículo 44.2 a) LCSP
- Artículo 44.1 a) LCSP
- Artículo 55 b) de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículos 49 y 56 de la LCSP
- Artículos 11.1 letra f y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
- Artículo 58.2 de la LCSP
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