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Resolució
272/2012
APROSER interpone recurso contra los pliegos al considerar que el precio de licitación fijado no es suficiente para garantizar el cumplimiento del contrato, teniendo en cuenta los costes laborales según el convenio colectivo y otros gastos asociados al servicio. El órgano de contratación defiende que el precio se calculó considerando el convenio colectivo vigente y otros factores relevantes, previendo además la revisión de precios y la detección de ofertas desproporcionadas.
- TRLCSP artículo 1
- TRLCSP artículo 40.1.a)
- TRLCSP artículo 40.2.a)
- TRLCSP artículo 41.1
- TRLCSP artículo 42
- TRLCSP artículo 44
- TRLCSP artículos 45 y 46
- TRLCSP artículo 47.4
- TRLCSP artículo 47.5
- TRLCSP artículo 87
- TRLCSP artículo 87.1
- TRLCSP artículo 88
- TRLCSP artículo 88.2
- TRLCSP artículo 88.5
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa artículos 11, letra f) y 46.1
- Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, artículo 14.1
Esta resolución cita a:
- Central 66/2012 2012-03-13
- Central 298/2011 2011-12-06
Esta resolución es citada en:
- Andalusia 134/2015 2015-04-07
- Central 0059/2013 2013-02-05
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