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Resolución
071/2025
La empresa NEO INSTALACIONES DEPORTIVAS, S.L. interpone recurso especial contra la denegación de acceso al expediente de contratación y la adjudicación del contrato de servicios de socorrismo acuático, actividades deportivas, servicio de recepción y servicio de mantenimiento en el polideportivo Arane de Soraluce. La recurrente alega la imposibilidad de acceder a la documentación del Sobre B de la oferta de la empresa adjudicataria, ATHLON, por haber sido declarada confidencial en su totalidad, lo que le causa indefensión. ATHLON se opone al recurso, argumentando que NEO ha podido fundamentar su recurso y que no existe indefensión. El Ayuntamiento de Soraluce también se opone, señalando que no puede atribuir o denegar el carácter confidencial a la información declarada así por el licitador.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 44.1 a) de la LCSP
- Artículo 44.2 c) de la LCSP
- Artículo 50.1 de la LCSP
- Artículo 3 de la LCSP
- Artículo 52 de la LCSP
- Artículo 151 LCSP
- Artículo 46.1 de la LCSP
- Disposición Adicional Octava de la Ley 5/2010, de 23 de diciembre
- artículo 44.1 Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, LJ
- artículo 46. 1 LJ
- artículo 10.1 k) LJ
- artículo 59.1 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Euskadi 050/2025 2025-03-21
- Euskadi 073/2023 2023-04-21
- Euskadi 025/2022 2022-02-07
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