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Resolución
0206/2018
La Asociación de Empresas de Mantenimiento Integral y Servicios Energéticos (AMI) interpone recurso contra el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del contrato de “Suministro de un sistema eficiente de energía eléctrica para la Fundación Teatro Real”, expediente 003/2017, por considerar desproporcionado el requisito de solvencia económica exigido y por entender que la inscripción en el registro de empresas comercializadoras de la CNMC discrimina a aquellas que no lo son.
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP)
- Artículo 40.2 a) TRLCSP
- Artículo 41 TRLCSP
- Artículo 42 TRLCSP
- Artículo 43 TRLCSP
- Artículo 44.2 TRLCSP
- Artículo 46 TRLCSP
- Artículo 47.5 TRLCSP
- Artículo 75.1.a) TRLCSP
- Artículo 77.1 f) TRLCSP
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP)
- Artículo 11 RGLCAP
- Artículo 11.4 a) del Real Decreto 1098/2001
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre del Sector Eléctrico
- Artículo 6 de la Ley 24/2013
- Artículo 44 c) de la Ley 24/2013
- Artículo 46 de la Ley 24/2013
- Artículo 47 de la Ley 24/2013
- Directiva 2014/24 de 26 de febrero
- Artículo 58.3 de la Directiva 2014/24
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículo 11.1, letra f) de la Ley 29/1998
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Central 1003/2017 2017-10-26
- Central 122/2012 2012-05-22
- Central 237/2011 2011-10-12
- Central 29/2011 2011-02-08
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