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Resolución
0719/2015
La UTE AMBULANCIAS DORADO-TRANSPORTE SANITARIO GALEGO recurre su exclusión de la licitación del lote nº 8 del contrato de servicio de transporte sanitario urgente terrestre. La exclusión se debió a que la UTE incluyó en el Sobre B (criterios no valorables de forma automática) información que debía haberse incluido en el Sobre C (criterios valorables de forma automática). La UTE también alega que la empresa adjudicataria (AMBULANCIAS BURELA S.L.) debió haber sido excluida por motivos similares y que hubo defectos en la documentación presentada por esta última.
- Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)
- TRLCSP artículo 41.3
- TRLCSP artículo 40.1.b)
- TRLCSP artículo 40.2.c)
- TRLCSP artículo 42
- TRLCSP artículo 44.2.a)
- TRLCSP artículo 44.1
- TRLCSP artículo 145.1
- TRLCSP artículo 47.4
- TRLCSP artículo 47.5
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa artículo 10.1.k)
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa artículo 46.1
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre
- Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- UNE EN1789:2007+A1:2010
Esta resolución cita a:
- Central 226/2012 2012-10-16
- Central 290/2011 2011-11-22
- Central 212/2011 2011-09-13
- Central 147/2011 2011-05-24
- Central 105/2011 2011-04-14
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