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Resolución 110/2018

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Hechos

MULTISERVEIS NDAVANT, SL presenta un recurso contra su exclusión de la licitación para los lotes 1 y 2 del contrato de servicios de limpieza, al considerar que cumple con los salarios del convenio colectivo aplicable. La empresa argumenta que existe un error en la cuantificación de los salarios mínimos del convenio en los pliegos y que su exclusión vulnera los principios de contratación pública. BARCELONA ACTIVA SAU SPM alega que la empresa no impugnó los pliegos en su momento y que los salarios fijados en los pliegos son correctos.

  • Real Decreto Legislativo 3/2011
  • Ley 7/2011
  • Decreto 221/2013
  • Real Decreto 814/2015
  • Ley 9/2017
  • artículo 145.1 del TRLCSP
  • artículo 40.1 del TRLCSP
  • artículo 40.2.b) del TRLCSP
  • artículo 41.3 del TRLCSP
  • artículo 42 del TRLCSP
  • artículo 43 del TRLCSP
  • artículo 44.2 del TRLCSP
  • artículo 44.4 del TRLCSP
  • artículo 46.2 del TRLCSP
  • artículo 46.3 del TRLCSP
  • artículo 47.4 del TRLCSP
  • artículo 47.5 del TRLCSP
  • artículo 49 del TRLCSP
  • artículo 151.4 del TRLCSP
  • artículo 1.288 del Código Civil
  • artículos 10.1 k) y 46.1 de la Ley 29/1998

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