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Resolución
232/2019
El recurrente impugna el anuncio de licitación y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) del contrato de suministro de contadores de agua. El recurrente alega que se vulnera el artículo 75 de la LCSP al exigir que las empresas licitadoras acrediten por sí mismas la solvencia económica, financiera y técnica necesarias para la ejecución del contrato, impidiendo que puedan basarse en la solvencia y medios de otras entidades.
- Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas - artículo 82.4
- Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP) - artículos 44.1.a), 44.2.a), 46.1, 48, 50.1, 56, 56.2, 58, 75, 75.4, 211 f)
- Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa - artículos 10 k), 46.1
- Directiva 2004/18 - artículos 47, 47.2, 48.3
- Directiva 2014/24 - artículo 63
- Código de Comercio - artículo 42
Esta resolución cita a:
- Central 1090/2017 2017-11-16
- Central 1157/2015 2015-12-17
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