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Resolución
208/2017
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
18 de octubre de 2017
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La empresa recurrente, PROTEXMAN COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.L., interpone recurso contra la resolución de adjudicación del contrato de "Servicio de vigilancia y seguridad contra intrusión..." a GRUPO CONTROL EMPRESA DE SEGURIDAD, S.A. El motivo de exclusión de PROTEXMAN fue no acreditar su aptitud para contratar al tener que subcontratar servicios, algo no permitido en la licitación.
- Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)
- TRLCSP artículo 40
- TRLCSP artículo 41.3
- TRLCSP artículo 42
- TRLCSP artículo 44.2
- TRLCSP artículo 47.4
- TRLCSP artículo 47.5
- TRLCSP artículo 227
- TRLCSP artículo 227.1
- Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada artículo 5
- Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada artículo 18
- Real Decreto 3/2011, de 14 de noviembre
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Orden INT/316/2011, de 1 de febrero
- Orden de 14 de diciembre de 2011
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, artículos 10.1 letra K) y 46.1
Esta resolución cita a:
- Andalucía 419/2015 2015-12-17
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 260/2025 2025-05-13
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