/
Resolución
77/2017
La empresa recurrente fue excluida de la licitación por no subsanar correctamente la documentación requerida. Presentó un certificado firmado por un apoderado en lugar del órgano de dirección competente. La empresa alega que, en realidad, el firmante era el administrador único, aunque esto no se reflejó claramente en la documentación presentada.
- Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)
- TRLCSP artículo 41.3
- TRLCSP artículo 42
- TRLCSP artículo 40 apartados 1 a) y 2 c)
- TRLCSP artículo 44.2
- TRLCSP artículo 82
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP)
- RGLCAP artículo 81.2
- RGLCAP artículo 22
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Orden de 14 de diciembre de 2011, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública
- Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual artículo 36.1
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Directiva 2014/24/UE artículo 18
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa artículos 10.1 letra K) y 46.1
Esta resolución cita a:
- Andalucía 289/2016 2016-11-11
- Andalucía 117/2015 2015-03-17
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 203/2025 2025-04-16
- Andalucía 329/2019 2019-10-10
- Andalucía 175/82018 2018-06-08
Explorador de resoluciones
- Acceso fácil a las resoluciones de los tribunales de contratación
- Resúmenes automáticos de las claves principales
- Enlazado con licitaciones, adjudicadores y recurrentes