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Resolució 420/2025

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Fets

La empresa INTEGRA MANTENIMIENTO, GESTIÓN Y SERVICIOS INTEGRADOS CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO S.L. (INTEGRA) fue excluida de los Lotes n.º 1 y n.º 2 del contrato de servicios de mantenimiento integral por no acreditar la condición de Centro Especial de Empleo de iniciativa social, un requisito establecido en los pliegos del contrato. INTEGRA alegó que la exigencia de "Iniciativa Social" limitaba su participación y que la Disposición Adicional 4ª de la LCSP, que introduce este requisito, podría ser contraria al Derecho de la Unión Europea. El órgano de contratación defendió la legalidad de los pliegos y la exclusión de INTEGRA, argumentando que los pliegos no fueron impugnados en plazo y que la recurrente aceptó incondicionadamente sus términos al presentar su oferta.

  • Artículo 46.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público de la Comunidad de Madrid
  • Artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Artículo 13 del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales aprobado por Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
  • Artículo 48 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 50.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 44.1.a) y 2.b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Disposición Adicional 4ª de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 20 de la Directiva 2014/24/UE
  • Disposición Final Decimocuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 43.4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre
  • Artículo 139.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 50.1.b) párrafo cuarto de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 58 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 10, letra k) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Artículo 59 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público

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