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Resolución
1566/2022
Markel Insurance SE Sucursal en España presenta un recurso contra su exclusión del Lote 2 del procedimiento de contratación para el seguro de responsabilidad civil y complementario de vehículos de la DGT. La exclusión se basa en que Markel no posee la habilitación necesaria para operar en los ramos de Vida y Defensa Jurídica, según lo requerido por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). Markel argumenta que cumple con los requisitos de habilitación exigidos y que no es necesario estar autorizado en los ramos de Vida y Defensa Jurídica, ya que las prestaciones del contrato podrían cumplirse con el ramo de Accidentes, en el que sí está autorizada. Además, alega falta de claridad en los pliegos y que no se pueden exigir requisitos a posteriori.
- Ley 9/2017
- artículo 45.1 de la LCSP
- artículo 48.1 de la LCSP
- artículo 44.1.a) y 44.2.b) de la LCSP
- artículo 50 de la LCSP
- artículo 39.2.a) de la LCSP
- artículo 65.2 LCSP
- Resolución nº 454/2020, de 26 de marzo
- artículo 28 de la LCSP
- artículos 65 y 71 de la LCSP
- Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, artículo 2.3
- Ley 20/2015, de 14 de julio
- Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, artículo 7
- artículo 39.2 e) LCSP
- Resolución 593/2014
- artículos 102 y 103 de la Ley 30/1992
- artículo 50.1 b de la LCSP
- artículo 41 de la LCSP 2017
- artículo 47 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
- artículo 18 de la Directiva 2014/24
- artículo 48 de la Ley 39/2015
- artículo 34 de la LCSP 2011
- artículo 93.1 de la LJCA
- artículo 57.3 de la LCSP
- artículo 58 de la LCSP
- artículos 11.1.f) y 46.1 de la Ley 29/1998
Esta resolución aparece citada en:
- Central 0261/2023 2023-03-03
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