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Resolución 254/2025

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Hechos

FIMECORP recurre la adjudicación a PALEX del contrato de servicio de mantenimiento de equipos de control de calidad, alegando que PALEX no cumple con los requisitos del PPT al no tener el certificado del fabricante. PALEX reconoce no tener la autorización necesaria y renuncia a la adjudicación. SALUT SANT JOAN defiende que PALEX sí aportó la documentación requerida y una declaración responsable de que el certificado estaba vigente.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (LCSP)
  • Artículo 46.2 de la Ley 9/2017 (LCSP)
  • Artículo 44.1 a) de la Ley 9/2017 (LCSP)
  • Artículo 44.2 c) de la Ley 9/2017 (LCSP)
  • Artículo 53 de la Ley 9/2017 (LCSP)
  • Artículo 50.1 de la Ley 9/2017 (LCSP)
  • Artículo 51.1 de la Ley 9/2017 (LCSP)
  • Artículo 48 de la Ley 9/2017 (LCSP)
  • Artículo 56.2 de la Ley 9/2017 (LCSP)
  • Artículo 57.3 de la Ley 9/2017 (LCSP)
  • Artículo 58.2 de la Ley 9/2017 (LCSP)
  • Artículo 57.4 de la Ley 9/2017 (LCSP)
  • Disposición adicional cuarta de la Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras de la Generalitat de Catalunya
  • Decreto 221/2013, de 3 de septiembre
  • Artículo 21.3 del Real decreto 814/2015, de 11 de septiembre
  • Artículo 16 del Decreto 221/2013
  • Artículo 139 de la LCSP
  • Artículo 10.1 k) de la Ley 29/1998, de 13 de julio
  • Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
  • Artículo 59 de la LCSP

Esta resolución cita a:

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