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Resolución
1659/2021
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
19 de noviembre de 2021
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
Grupo UNIVE SERVICIOS JURÍDICOS, S.L. interpone recurso contra los pliegos al considerar que la exigencia de disponer de despacho profesional en Cádiz capital es discriminatoria. El recurso se presenta inicialmente ante el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, que se declara incompetente y lo remite al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: arts. 44 y siguientes
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: arts. 44.1
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: arts. 44.2
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: arts. 45.1
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: arts. 3.3.c
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: arts. 48
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: arts. 49
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: arts. 50.1 b
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: arts. 51
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: arts. 51.3
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: arts. 55 d
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: arts. 56
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: arts. 56.2
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: arts. 56.3
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: arts. 58
- Ley 39/2015
- Ley 39/2015: art. 16.4
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa: arts. 11.1.f
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa: arts. 46.1
- Real Decreto 814/2015
- Real Decreto 814/2015: art. 18
- Directiva 89/665/CEE: art. 1.3
Esta resolución cita a:
- Central 1149/2021 2021-09-09
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