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Resolución 233/2025

Órgano de contratación
Licitación
Fecha de resolución
12 de junio de 2025
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos

Accicast Advertising, S.L. interpone recurso contra la adjudicación del contrato de servicios de publicidad. Alega que no existe informe técnico de valoración de los criterios sujetos a juicio de valor, que la Mesa de Contratación se ha apartado del PCAP al subdividir uno de los criterios de valoración en dos subcriterios, que se valora la experiencia y la solvencia como criterio sujeto a juicio de valor cuando la solvencia es un requisito de admisión no valorable, que no se ha llevado a cabo el procedimiento contradictorio ante la posibilidad de que alguna de las ofertas se encontraba en valores anormales y que no se ha motivado el acuerdo de adjudicación. El recurrente quedó en tercer lugar en la clasificación de ofertas y no alega nada sobre las ofertas del primer y segundo clasificado.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • artículo 46.4 de la LCSP
  • artículos 44.1 a) y 2.c) de la LCSP
  • artículo 48 de la LCSP
  • artículo 56.2 de la LCSP
  • artículo 56.3 de la LCSP
  • artículo 55 b) de la LCSP
  • artículo 57.3 de la LCSP
  • artículo 58 de la LCSP
  • artículo 59 de la LCSP
  • Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público de la Comunidad de Madrid
  • artículos 10, letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa

Esta resolución cita a:

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