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Resolución
102/2011
La UTE recurrente interpone recurso contra la adjudicación provisional del contrato. Se le requiere subsanación para acreditar la representación, pero no lo subsana en el plazo dado.
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículos 90, 91 y 110.2)
- Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (artículos 310, 311, 314.5, 315 y 316)
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (artículos 11 y 46.1)
Esta resolución aparece citada en:
- Central 301/2011 2011-12-06
- Central 198/2011 2011-07-26
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