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Resolución
78/2018
Se interponen tres recursos especiales contra los pliegos de la contratación del servicio de vigilancia. Los recurrentes discuten la obligatoriedad de aplicar el convenio colectivo sectorial estatal de vigilancia, la legalidad de la vigilancia electrónica y la falta de información completa sobre el personal a subrogar.
- Directiva 2014/24/UE
- Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, artículo 42
- TRLCSP, artículos 40, 41, 42, 44, 46.3, 47.5, 118, 119.2, 120, 150
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, artículo 44
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre
- Decreto 10/2015, de 12 de febrero
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículos 10.1 y 46.1
- Disposición Transitoria Tercera de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias
Esta resolución cita a:
- Canarias 76/2018 2018-05-09
- Canarias 7/2018 2018-01-18
- Canarias 181/2017 2017-12-14
- Canarias 155/2017 2017-11-08
- Canarias 031/2017 2017-03-09
- Canarias 125/2016 2016-10-11
Esta resolución aparece citada en:
- Canarias 105/2018 2018-06-22
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