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Resolución 1225/2025

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Hechos

ORANGE ESPAGNE, S.A.U. impugna la adjudicación del lote 2 del contrato de suministro de dispositivos para teleasistencia avanzada a TECNOVIDA IBERIA, S.L., alegando que la oferta de esta última no cumple con las prescripciones técnicas del pliego, específicamente la falta de un certificado de conformidad CE válido para el dispositivo ofertado. La recurrente argumenta que el certificado presentado por TECNOVIDA no corresponde al modelo exacto ofertado (FA83S 900) y que, además, podría estar obsoleto. El órgano de contratación y TECNOVIDA defienden la validez de la oferta, aunque la adjudicataria reconoce haber presentado un certificado obsoleto, afirmando que dispone de la certificación actualizada y que, en todo caso, debería haberse solicitado la subsanación.

  • Artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Disposición Adicional 15ª de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Artículo 56.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 58.1 b) del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre
  • Artículo 53 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 57.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 58.2 del Real Decreto-Ley 36/2020
  • Disposición Final Trigésima Primera del R.D.-Ley 6/2022, de 29 de marzo
  • Artículo 46 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 22.1. 1º del RPERMC
  • Artículo 44.1, a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 44.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 48 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 58 del Real Decreto Ley 36/2020
  • Directiva 2014/53/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014
  • Artículo 4 de la Directiva 2014/53/UE
  • Artículo 150.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 141.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 139 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 145.1 del TRLCSP
  • Artículo 10.1, letra k) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
  • Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales
  • Orden IET/787/2013, de 25 de abril
  • UNE 158401- 2019

Esta resolución cita a:

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