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Resolución
043/2025
La empresa IMARA INGENIARITZA, S.L. presenta un recurso contra su exclusión del procedimiento de adjudicación del contrato de consultoría y asistencia para la redacción del proyecto edificatorio y proyecto de urbanización y la dirección e inspección de las obras de la promoción de 28 viviendas de protección pública en Azpeitia, tramitado por AZPEITIA BERRITZEN, S.A. La exclusión se debió a que se consideró que su oferta era anormalmente baja y que no acreditó suficientemente su solvencia técnica. IMARA alega que la mesa de contratación actuó incorrectamente al revocar una decisión anterior en la que se consideró que cumplía con los requisitos de solvencia técnica y profesional, y que la exclusión se basa en una interpretación errónea de la documentación presentada.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 56.2 de la LCSP
- Artículo 44.1 a) de la LCSP
- Artículo 44.2 b) de la LCSP
- Artículo 149 de la LCSP
- Artículo 3 de la LCSP
- Artículo 95 de la LCSP
- Artículo 75 de la LCSP
- Artículo 140.3 LCSP
- Artículo 140.LCSP
- Artículo 140.4 LCSP
- Artículo 157.6 LCSP
- Artículo 150.2 LCSP
- Artículo 90 de la LCSP
- Artículo 46.1 de la LCSP
- Disposición Adicional Octava de la Ley 5/2010, de 23 de diciembre
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 57.4 de la LCSP
- Artículo 44.1 Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, LJ
- Artículo 46. 1 LJ
- Artículo 10.1 k) LJ
- Artículo 59.1 de la LCSP
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