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Acuerdo
76/2025
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
4 de agosto de 2025
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La empresa ADASA SISTEMAS S.A. recurre su exclusión del procedimiento de licitación al considerar que su oferta económica, aunque supera el límite fijado para la Fase 2, no excede el presupuesto base de licitación total. El Ayuntamiento de Zaragoza se opone, argumentando que los pliegos establecen límites individuales para cada fase debido a la financiación con fondos Next Generation para la Fase 1 y fondos propios para la Fase 2.
- Artículo 46.4 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículos 50 y 51 de la LCSP
- Artículo 56 de la LCSP
- Artículo 58.2 del Real Decreto-Ley 36/2020
- Artículo 139 de la LCSP
- Artículo 39.2 b) de la LCSP
- Artículo 44.1 a) y 44.2.b) de la LCSP
- Artículo 82.4 de la Ley 39/2015
- Artículo 118.1.a) de la Ley 11/2023
- Artículo 128 de la LUECPA
- Artículo 128.4 de la Ley 11/2023
- Artículo 309.1 de la LCSP
- Artículo 102.4 de la LCSP
- Artículo 84 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (Real Decreto 1098/2001)
- Cláusula 18 del PCAPE
- Cláusula 7.2.B del PCAPE
Esta resolución cita a:
- Aragón (Resoluciones) 36/2025 2025-05-21
- Andalucía 477/2021 2021-11-18
- Canarias 111/2018 2018-07-03
- Euskadi 105/2016 2016-10-04
- Euskadi 113/2013 2013-11-08
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