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Resolución
0830/2025
El Servicio Murciano de Salud publicó el anuncio de licitación para el suministro de catéteres y agujas. El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares establecía criterios de valoración por juicios de valor, incluyendo un umbral mínimo del 50% de la puntuación en estos criterios para continuar en el proceso. KRAPE, S.A. interpuso un recurso contra su exclusión, alegando arbitrariedad y falta de proporción en la puntuación de su oferta en el criterio de 'manipulación'. El órgano de contratación se opuso al recurso, defendiendo la valoración técnica y la doctrina de la discrecionalidad técnica. El Tribunal procedió a analizar el fondo del recurso.
- Artículo 142 de la LCSP
- Artículo 146.3 de la LCSP
- Artículo 53 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 46.2 de la LCSP
- Artículo 50 de la LCSP
- Artículo 44.1.a) de la LCSP
- Artículo 44.2.b) de la LCSP
- Artículo 44.2.d) de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Reglamento (UE) 2017/745
- ISO 13485:2016
- Artículo 10.1 k) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Esta resolución cita a:
- Central 1055/2020 2020-10-05
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