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Resolución 621/2023

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Hechos

La empresa MASTER COLD, SRL, presenta un recurso contra la propuesta de adjudicación del contrato a ELECTRICITAT BOQUET, SL. Alegan un error en la valoración de su oferta, específicamente en el criterio relativo a la utilización de vehículos eléctricos, donde se les otorgó 0 puntos cuando consideran que deberían haber recibido la máxima puntuación. El Ayuntamiento de Mataró defiende la correcta aplicación de los criterios de adjudicación y alega que el acto impugnado no es susceptible de recurso especial y, subsidiariamente, falta de legitimación de MASTER COLD.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículo 44.1 a) LCSP
  • Artículo 44.2 b) LCSP
  • Artículo 46.2 LCSP
  • Artículo 48 LCSP
  • Artículo 55 c) LCSP
  • Artículo 58.2 LCSP
  • Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras de la Generalitat de Catalunya
  • Decreto 221/2013, de 3 de septiembre
  • Artículo 16 del Decreto 221/2013
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
  • Artículo 10.1 k) de la Ley 29/1998
  • Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
  • Artículo 59 LCSP

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