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Resolución
285/2018
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
24 de octubre de 2018
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
El Sindicato de Limpieza recurre los pliegos al considerar que no incluyen criterios sociales en la adjudicación, compromisos de adscripción o criterios de desempate, y permiten la subcontratación, lo que podría precarizar las condiciones laborales. El órgano de contratación defiende la legalidad de los pliegos y su ajuste a la normativa vigente.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 56.2 de la LCSP
- Artículo 50.1 de la LCSP
- Artículo 44.1.a) y 2.a) de la LCSP
- Artículo 145 de la LCSP
- Artículo 122 de la LCSP
- Artículo 145.1 y 4 de la LCSP
- Artículo 202 de la LCSP
- Artículo 28 de la LCSP
- Artículo 145. 3. de LCSP
- Artículo 215 de la LCSP
- Artículos 216 y 217 de la LCSP
- Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público
- Artículo 46.1 de la LCSP
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Artículo 82.4 de la Ley 39/2015
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículos 10, letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998
- Artículo 59 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Madrid 127/2018 2018-04-25
- Madrid 211/2017 2017-07-19
- Madrid 206/2016 2016-10-06
- Madrid 196/2016 2016-09-28
- Madrid 188/2016 2016-09-22
- Madrid 144/2016 2016-07-20
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