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Resolución 0009/2026

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Hechos

La Fundación Estatal de la Formación en el Empleo convocó una licitación para la gestión de nóminas. ENDALIA, S.L. fue propuesta como adjudicataria, pero posteriormente fue excluida por no tener su plan de igualdad inscrito en el registro laboral en la fecha de presentación de ofertas, lo que se consideró una prohibición para contratar. ENDALIA, S.L. recurrió esta exclusión, argumentando que había solicitado la inscripción antes de la fecha límite y que la inscripción se produjo poco después de la adjudicación inicial, lo que debería ser considerado bajo la doctrina del "self-cleaning".

  • Artículo 150.2 de la LCSP
  • Artículo 71.1.d) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 47.1.e) de la LPAC
  • Artículo 47 de la LCSP
  • Artículo 44.2.b) de la LCSP
  • Artículo 44.1.a) de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 50.1.c) de la LCSP
  • Artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo
  • Disposición final 15ª de la Ley Orgánica 2/2024
  • Disposición transitoria primera apartado primero de la LCSP
  • Artículo 72.1 de la LCSP
  • Artículo 57.6 de la Directiva 2014/24/UE
  • Artículo 49 de la LCSP
  • Artículo 56 de la LCSP
  • Artículo 57.3 de la LCSP
  • Artículo 11.1.f) de la Ley 29/1998, de 13 de julio
  • Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio

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