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Resolución
0643/2017
La Autoridad Portuaria de Bilbao excluyó a la UTE formada por BROCOLI S.L. y GRUPO SIFU EUSKADI, S.L. de la licitación para el contrato de conservación y mantenimiento de zonas ajardinadas por considerar que su oferta económica era anormalmente baja y no justificaron adecuadamente su viabilidad. La UTE recurre esta decisión, argumentando que sí proporcionaron justificaciones suficientes.
- Ley 31/2007, de 30 de octubre, artículo 104.1
- Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, Regla 1.1
- TRLCSP
- TRLCSP, artículos 40 y siguientes
- TRLCSP, artículo 40.2
- TRLCSP, artículo 152
- TRLCSP, artículo 82
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículos 11.1.f) y 46.1
Esta resolución cita a:
- Central 284/2012 2012-12-13
- Central 298/2011 2011-12-06
- Central 276/2011 2011-11-15
- Central 105/2011 2011-04-14
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