/
Resolución
0451/2025
La empresa SVAT presenta un recurso contra la decisión de la Consejería de Hacienda de la Ciudad de Melilla de no admitir su oferta en un contrato de suministro de maquinaria de limpieza viaria. La razón dada para la inadmisión es que la oferta se presentó fuera de plazo. SVAT argumenta que el cálculo del plazo de presentación no se hizo correctamente, basándose en la Ley de Procedimiento Administrativo Común. Tras el recurso, la Consejería de Hacienda decide dejar sin efecto su decisión inicial y readmitir la oferta de SVAT, lo que lleva al Tribunal a considerar que el recurso ha perdido su razón de ser.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (artículo 46, 44.1.a, 44.2.b, 48, 50.1.c, 49, 56, 57.3, 58.2, 156)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículo 30.3)
- Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014 (considerando 106)
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (artículos 10.1. letra k y 46.1)
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
Esta resolución cita a:
- Andalucía 470/2021 2021-11-18
Explorador de resoluciones
- Acceso fácil a las resoluciones de los tribunales de contratación
- Resúmenes automáticos de las claves principales
- Enlazado con licitaciones, adjudicadores y recurrentes