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Resolución
0522/2025
El COLEGIO PROFESIONAL DE EDUCADORES SOCIALES DE LA RIOJA interpone recurso contra los pliegos al considerar que no se ajustan al IV Convenio colectivo estatal de reforma juvenil y protección de menores, solicitando que se modifiquen las referencias a "Educador/a" por "Educador/a Social" y se especifique que la titulación requerida sea exclusivamente en Educación Social.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 44.1 a) de la LCSP
- Artículo 44.2 a) de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 50.1 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Artículo 152 de la LCSP
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Artículo 84.2 de la Ley 39/2015
- Disposición final cuarta de la LCSP
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículo 10.1. letra k) de la Ley 29/1998
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Central 1410/2024 2024-11-08
- Central 1158/2024 2024-09-26
- Central 1064/2024 2024-09-12
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