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Resolución 222/2018

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Hechos

El recurrente impugna los pliegos al considerar insuficiente el presupuesto de licitación para cumplir con el convenio colectivo aplicable. Se requiere al recurrente que acredite su identidad, pero no cumple con el requerimiento.

  • Ley 9/2017
  • Real Decreto 817/2009
  • Real Decreto 1098/2001
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 51.2
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 94.4
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, artículo 10
  • Decreto 120/2014, de 1 de agosto
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, artículo 10.1
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, artículo 46.1

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