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Resolución
399/2022
La entidad HOSPITAL VICTORIA EUGENIA DE SEVILLA-CRUZ ROJA ESPAÑOLA recurre la exclusión de su oferta para los lotes 8.A.3 Utrera y 8.C.1 Espartinas del contrato denominado “Segundo concierto social para la prestación del servicio de atención infantil temprana en Andalucía”. La mesa de contratación acordó excluir la oferta al considerar que la entidad no acreditó la disposición de un centro en la zona geográfica de cada uno de los lotes mencionados, requisito establecido en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44 apartados 1 y 2.b) de la LCSP
- Artículo 50.1 c) de la LCSP
- Artículo 74 de la LCSP
- Artículo 76 de la LCSP
- Artículo 139 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Decreto 57/2020, de 22 de abril
- Artículo 3.1 del Código Civil
- Artículo 9.3 de la CE
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Esta resolución cita a:
- Andalucía 14/2021 2021-01-21
- Andalucía 188/2020 2020-06-01
- Andalucía 251/2018 2018-09-13
- Andalucía 28/2018 2018-02-02
- Andalucía 242/2017 2017-11-13
- Andalucía 45/2017 2017-03-02
- Andalucía 221/2016 2016-09-16
- Andalucía 120/2015 2015-03-25
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