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Resolución
079/2024
Licitación
Parte recurrente
Fecha de resolución
25 de abril de 2024
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
Prosegur recurre la adjudicación del contrato a UTE ALSE, argumentando que no cumplía con el requisito de tener un Plan de Igualdad al momento de presentar la oferta. Prosegur basa su recurso en una comunicación de un sindicato al Gobierno Vasco. ALSE se defiende argumentando que sí contaban con el Plan de Igualdad y que Prosegur no aportó pruebas de lo contrario. El órgano de contratación también se opone al recurso, señalando que ALSE declaró cumplir con la obligación de tener un Plan de Igualdad y que posteriormente aportaron los planes requeridos.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 44.1 a) de la LCSP
- Artículo 44.2 c) de la LCSP
- Artículo 3 de la LCSP
- Artículo 71.1.d) LCSP
- Artículo 140 LCSP
- Artículo 72.5 LCSP
- Artículo 150.2 LCSP
- Artículo 57, apartado 6, de la Directiva 2014/24/UE
- Artículo 71.1.d) LCSP
- Artículo 87.1 del RGLCAP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Artículo 46.1 de la LCSP
- Disposición Adicional Octava de la Ley 5/2010, de 23 de diciembre
- Artículo 44.1 Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, LJ
- Artículo 46. 1 de la LJ
- Artículo 10.1 k) de la LJ
- Artículo 59.1 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Euskadi 210/2019 2019-12-04
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